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¿Qué es acreditar y por qué?

Se entiende por Proceso de Acreditación a la evaluación de la calidad de una carrera declarada de interés público, en función de los estándares que establece el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología para cada especialidad. Incluye también un estudio de las capacidades para educar que tiene la Unidad Académica donde se dicta la carrera.

De acuerdo a los Artículos 43 y 46 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 se establece que las carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad y los bienes de los habitantes, deben ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) o por entidades privadas constituidas con ese fin.
En el Acuerdo Plenario Nº 13 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES-14/11/01 y Res Nº 1232/02- ME-, se han incluido en el régimen del Artículo 43 de la citada Ley varios títulos de Ingeniero muchos de los cuales son expedidos por tres Facultades de la Universidad Nacional de San Luis.

En consecuencia, este proceso de acreditación actual nos permitirá generar las estructuras y conocimientos necesarios para hacer una oferta académica sólida y apropiada.

 

¿Quiénes acreditan?


Está previsto que el proceso de acreditación continuará con las Carreras de Profesorado y las Licenciaturas, en todas las disciplinas. Ello implica que toda labor que realicemos en el proceso actual, servirá en su totalidad para los próximos procesos de evaluación.

 

¿En qué consiste el proceso de acreditación?

De acuerdo a lo establecido por CONEAU, este proceso comprende tres etapas:

Autoevaluación: Las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de instancias internas de evaluación institucional, que tendrán por objeto analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones, así como sugerir medidas para su mejoramiento. Comprende la sistematización y análisis de la información en relación a las características en las que se desenvuelven las diferentes carreras de cada Unidad Académica. Se desarrolla en un plazo de 16 semanas.

Actuación del Comité de Pares: Las autoevaluaciones se complementará con evaluaciones externas, que se harán como mínimo cada seis (6) años, en el marco de los objetivos definidos por cada institución. Abarcará las funciones de docencia, investigación y extensión, y en el caso de las instituciones universitarias nacionales, también la gestión institucional. Se refiere al análisis del informe de autoevaluación confeccionado por las Facultades, este análisis comprende la verificación de la información a través de la visita de los Pares Evaluadores a fin de elaborar un dictamen de acreditación o no acreditación.

Análisis y decisión por parte de la CONEAU: Incluye la revisión de la autoevaluación y los dictámenes del Comité de Pares para resolver sobre las siguientes posibilidades:


a. Acreditación por un período de seis años, cuando se alcanza el perfil optimo

b. Acreditación por tres años con observaciones cuando no se alcanza el perfil o cuando se trate de carreras de reciente creación.

c. No acreditación cuando no cumplen con el perfil exigido y los planes de mejoramiento no se consideran satisfactorios.

 

¿Quiénes y cómo se participa de este proceso?

Participan Autoridades, docentes e investigadores y personal administrativo de toda la Facultad. Asimismo también participan los alumnos y graduados de las carreras que acreditan.

Links

Comisión de Acreditación de Carreras

 

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